¿Es la política de WhatsApp sobre IA anti competencia?
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Esta semana anunció la Comisión Europea el inicio de una investigación a Meta por posible vulneración de la competencia por su nueva política de IA en WhatsApp Business.
Lo que comenzó como una estrategia comercial de Meta para consolidar su posición en el mercado de asistentes de IA se ha convertido en un caso de escrutinio antimonopolio a nivel continental, con investigaciones simultáneas de la autoridad italiana de la competencia (AGCM) y de la Comisión Europea.
Todo empezó en marzo de 2025, cuando Meta procedió a integrar su asistente de inteligencia artificial, denominado Meta AI, directamente en la interfaz de WhatsApp para los usuarios europeos. Esta integración no se limitó a ofrecer el servicio como una opción accesoria, sino que Meta incorporó elementos de interacción con el chatbot en múltiples puntos de la aplicación: un botón "Preguntar" en la barra de búsqueda y un comando "Preguntar a Meta AI" en la funcionalidad de reenvío de mensajes.
Puntualizar que un cambió así no es baladí, ya que según la AGCM, WhatsApp cuenta con más de 2.000 millones de usuarios a nivel mundial (solo en Italia tiene aproximadamente 37 millones).
El 15 de octubre de 2025, Meta introdujo una modificación sustancial en los WhatsApp Business Solution Terms. La nueva redacción incorpora una sección específica dedicada a los "AI Providers" que establece una prohibición expresa para los proveedores de tecnologías de inteligencia artificial o aprendizaje automático.
El texto contractual actualizado dispone que los proveedores y desarrolladores de tecnologías de inteligencia artificial o aprendizaje automático, incluyendo pero no limitado a modelos de lenguaje fundacionales (LLM), plataformas de IA generativa y asistentes de inteligencia artificial de propósito general, tienen "estrictamente prohibido" acceder o utilizar la WhatsApp Business Solution, ya sea directa o indirectamente, cuando dichas tecnologías constituyan la "funcionalidad principal" del servicio ofrecido, según la determinación discrecional de Meta.
La cláusula establece asimismo restricciones específicas sobre el uso de los datos derivados de la Business Solution ("Business Solution Data"). Se prohíbe expresamente que dichos datos, incluso en formas anonimizadas, agregadas o derivadas, sean utilizados para crear, desarrollar, entrenar o mejorar sistemas, modelos o tecnologías de aprendizaje automático o inteligencia artificial, incluyendo modelos de lenguaje de gran tamaño.
Esta modificación contractual tiene un calendario de implementación escalonado. Las empresas que no disponían de cuentas de WhatsApp Business a fecha de 15 de octubre de 2025 quedaron inmediatamente excluidas de la plataforma. Para los proveedores existentes, se estableció un período de gracia hasta el 15 de enero de 2026, fecha en la que la prohibición entrará plenamente en vigor.
La modificación contractual afecta directamente a varios servicios de chatbot de IA que habían construido una base de usuarios significativa a través de WhatsApp. Entre los más destacados se encuentran ChatGPT de OpenAI, que lanzó su integración con WhatsApp en diciembre de 2024. Por su lado, Perplexity introdujo su bot en abril de 2025 con funcionalidades avanzadas como verificación de mensajes reenviados, búsqueda web en tiempo real con citas y alertas de noticias programadas. También Microsoft Copilot o la conocida startup española Luzia operaban en WhatsApp.
Es importante señalar que la prohibición no afecta a las empresas que utilizan IA como funcionalidad accesoria para atención al cliente. Un comercio minorista que emplee un bot de IA para soporte técnico no se verá afectado por los nuevos términos. La restricción se dirige específicamente a aquellos servicios donde la interacción con el chatbot de IA constituye el servicio principal ofrecido al usuario. Por ejemplo, usar ChatGPT vía WhatsApp.
En paralelo a todo todo, el 30 de julio de 2025, la Autorità Garante della Concorrenza e del Mercato (AGCM) anunció la apertura de una investigación formal contra Meta Platforms Inc., Meta Platforms Ireland Limited, WhatsApp Ireland Limited y Facebook Italy S.r.l., bajo el expediente A576. El procedimiento se inició a raíz de la decisión de Meta de preinstalar su servicio de IA en la aplicación WhatsApp a partir de marzo de 2025.
La autoridad italiana fundamentó su actuación en la posición dominante que WhatsApp ostenta en el mercado de servicios de comunicación basados en aplicaciones. Según el análisis preliminar de la AGCM, Meta podría estar "imponiendo" el uso de su chatbot y servicios de asistencia de IA a sus usuarios, canalizando su base de clientes hacia el mercado emergente de asistentes de IA "no a través de la competencia basada en los méritos, sino mediante la imposición conjunta de dos servicios distintos a los usuarios".
La AGCM encuadraba su actuación en el artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que prohíbe la explotación abusiva de una posición dominante en el mercado interior. La autoridad consideraba que la conducta de Meta podría constituir una práctica de vinculación (tying), al condicionar el uso de WhatsApp a la aceptación de Meta AI como asistente integrado.
Es relevante señalar que la metodología de análisis de la AGCM se apoya en la jurisprudencia reciente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. En particular, la sentencia de 25 de febrero de 2025 establece que la denegación de acceso a una infraestructura constituye abuso cuando excluye, obstaculiza o retrasa el desarrollo de productos o servicios potencialmente competidores, limitando así la competencia basada en los méritos y perjudicando a los consumidores.
El 26 de noviembre de 2025, tras la modificación de los términos contractuales de octubre en WhatsApp, la AGCM adoptó una decisión de ampliación del procedimiento de investigación y, simultáneamente, inició un procedimiento para la posible adopción de medidas cautelares al amparo del artículo 14-bis de la Ley 287/1990.
La ampliación del ámbito de investigación responde a la constatación de que Meta no solo había integrado su asistente de IA en WhatsApp, sino que había adoptado medidas activas para excluir a los competidores del canal de distribución. La autoridad considera que los nuevos términos contractuales "excluyen de la plataforma WhatsApp, a partir del 15 de octubre de 2025, a los competidores de Meta AI en el mercado de servicios de chatbot de IA".
El procedimiento cautelar se justifica por la urgencia de la situación. La AGCM advierte que la conducta de Meta es "capaz de socavar grave e irreparablemente la contestabilidad del mercado, debido a la limitada propensión de los consumidores a cambiar sus hábitos, lo que obstaculiza el cambio a servicios competidores". La autoridad destaca las oportunidades "irrepetibles" de entrenar modelos de IA en el momento actual, el crecimiento "exponencial" de los servicios de asistentes de IA y el acceso "exclusivo" de Meta a una base de usuarios "enorme".
El procedimiento de investigación principal debe concluir antes del 31 de diciembre de 2026.
A ello se suma el ya mencionado proceso de la Comisión Europea, que el 4 de diciembre de 2025 anunció la apertura de una investigación formal antimonopolio para evaluar si la nueva política de Meta sobre el acceso de proveedores de IA a WhatsApp puede vulnerar las normas de competencia de la UE.
Algo llamativo es que la investigación de la Comisión se desarrollará bajo el marco tradicional de las normas antimonopolio del Tratado, en lugar de la Ley de Mercados Digitales (DMA), que actualmente se está utilizando para escrutar los servicios en la nube de Amazon y Microsoft. Esta elección sugiere que los reguladores consideran que la conducta de Meta encaja en los principios establecidos del Derecho de la competencia.
Es relevante señalar que la investigación de la Comisión cubre todo el Espacio Económico Europeo excepto Italia, precisamente para evitar duplicidades con el procedimiento italiano en curso. Ambas investigaciones operan simultáneamente, creando presión regulatoria desde múltiples frentes.
WhatsApp ha calificado las alegaciones como "infundadas", argumentando que su API de Business nunca fue diseñada para servir como plataforma de distribución de chatbots de propósito general. Un portavoz de la compañía ha señalado que los usuarios disponen de múltiples alternativas para acceder a los servicios de las empresas de IA competidoras fuera del ecosistema de WhatsApp.
Sea como sea, la fecha del 15 de enero de 2026 marca el momento en que la prohibición entrará plenamente en vigor para los proveedores existentes. Microsoft ya ha confirmado que su agente Copilot dejará de funcionar en WhatsApp a partir de esa fecha. Los usuarios que hayan utilizado integraciones de chatbots de IA a través de WhatsApp deberán migrar sus conversaciones antes del cierre, teniendo en cuenta que muchas de estas integraciones no autenticadas no permiten la exportación automática del historial de chat.
La Comisión Europea ha indicado que podría actuar con rapidez para "prevenir cualquier posible daño irreparable", lo que sugiere la posibilidad de medidas cautelares provisionales antes de la fecha límite. De igual modo, si la AGCM impone medidas cautelares, el efecto práctico sería suspender la aplicación de la prohibición de "AI Providers" en Italia mientras prosigue la investigación.
En caso de que se constate una infracción del artículo 102 TFUE, Meta se enfrentaría a multas de hasta el 10% de su facturación anual global. Además de las sanciones pecuniarias, la Comisión Europea podría imponer medidas adicionales, incluyendo la obligación de modificar los términos contractuales controvertidos o de garantizar el acceso no discriminatorio a la infraestructura de WhatsApp para los proveedores de IA competidores.
Cómo se desarrollará esta historia es interesante ya que si Meta logra mantener su política, consolidaría un modelo de "jardín amurallado" con un extra de alambre de espino en el que la propiedad de plataformas de comunicación dominantes permite controlar la distribución de servicios de IA. Esta dinámica podría replicarse en otras plataformas y mercados, y en verdad ya está pasando viendo el caso Salesforce - Slack que ya comenté aquí, estableciendo un precedente de integración vertical en el sector.
Por el contrario, si las autoridades de competencia obligan a Meta a permitir el acceso de terceros, se establecería un principio de interoperabilidad y acceso no discriminatorio que podría extenderse a otros supuestos de integración de servicios de IA en plataformas dominantes. Este escenario favorecería la competencia y la innovación, pero también plantearía cuestiones sobre la gobernanza de infraestructuras críticas y la distribución de responsabilidades en caso de uso indebido de los servicios de IA por parte de terceros.
Por si fuera poco, no puede ignorarse que este conflicto se desarrolla en un contexto de tensiones transatlánticas sobre la regulación tecnológica con la administración Trump advirtiendo a los aliados europeos contra "acciones discriminatorias" hacia las empresas tecnológicas estadounidenses…
En resumen, el caso de Meta y WhatsApp representa un primer buen ejemplo de la aplicación del Derecho de la competencia a los mercados de la IA.
La estrategia de Meta plantea una cuestión clave: ¿hasta qué punto puede una empresa dominante en un mercado utilizar su posición para conquistar mercados adyacentes emergentes? La respuesta que ofrezcan las autoridades de competencia europeas no solo determinará el futuro de la distribución de servicios de IA a través de plataformas de mensajería, sino que establecerá precedentes para la regulación de la integración vertical en el ecosistema de inteligencia artificial en su conjunto.
Además, viendo que otras plataformas están también amurallando su jardín para impedir a terceros el acceso o uso de datos para entrenamiento, seguramente no será el último caso de este tipo que veamos. Más razón para tenerlo presente y ver cómo se resuelva.
Sea como sea, a partir del 15 de enero de 2026 Meta AI será el único asistente de referencia en WhatsApp (Business) para funciones principales.
Veremos cómo acaba la historia 🤔
Jorge Morell Ramos
Dicho esto, ahí va la actualidad del 3 al 9 de noviembre de 2025 en IA y Derecho (publicaré todas las semanas pendientes, las tengo recopiladas).
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